“El asesor paga los platos rotos: sentencia para la reflexión”

Antonio Luis González Núñez

Director Gerente de MultiServicio Empresarial

La reciente sentencia dictada por la Audiencia Nacional en el caso mediático que implica a los actores Imanol Arias y Ana Duato ha devuelto a la primera plana un debate tan viejo como necesario: el rol de los asesores fiscales, gestores y consultores frente a la responsabilidad penal del contribuyente. Una resolución judicial que, más allá del ruido y los titulares, deja muchas preguntas en el aire. Algunas de ellas, inquietantes.

Para no cansarles, resumiendo el caso para no juristas y según los hechos probados, los actores fueron vinculados a una trama de evasión fiscal a través de sociedades en paraísos fiscales, en concreto, estructuras en Panamá y otros territorios opacos.  Estas sociedades habrían servido para canalizar ingresos y eludir el pago de impuestos en España. Imanol Arias admitió los hechos y alcanzó un acuerdo con la Fiscalía que le evita su entrada en prisión a cambio de dos años de condena y una considerable multa. Ana Duato, por su parte, ha sido absuelta de todos los cargos, por desconocimiento.

Pero el dato más llamativo y preocupante es que su asesor fiscal ha sido condenado como colaborador necesario de los delitos fiscales por los que una de las personas supuestamente beneficiarias ha sido exonerada. La paradoja es obvia y, desde nuestro punto de vista, clamorosa.

¿Cómo puede ser condenado un asesor de un delito si su cliente resulta absuelto?

El concepto jurídico de “colaborador necesario” exige que haya un autor principal del delito y que el colaborador haya contribuido de forma indispensable a su comisión. Es decir, que sin su intervención, el delito no se habría producido. Pero si el tribunal absuelve a Ana Duato, al entender que no tuvo conocimiento, intención o voluntad de defraudar, ¿cómo puede condenarse al asesor por ayudar a cometer ese mismo delito por el que ha sido absuelto?, ¿qué sentido tiene?

Este tipo de contradicciones, más allá de la parte jurídica, nos hacen daño a los profesionales que cada día trabajamos con ética, criterio técnico y responsabilidad. Porque una cosa es combatir el fraude fiscal y la legalidad —deber inexcusable—, y otra muy distinta es estigmatizar a toda una profesión por los supuestos excesos, irregularidades o errores individuales de algunos.

La figura de asesores, gestores, consultores y juristas ha evolucionado mucho en las últimas décadas. Ya no somos meros cumplimentadores de modelos tributarios. Somos intérpretes de una legislación cambiante, a menudo ambigua, y navegamos entre reformas exprés, convalidación de decretos, trasposiciones legislativas, criterios administrativos mutantes, sentencias contradictorias, directivas europeas y directrices políticas. Acompañamos a clientes, contribuyentes, autónomos y empresas en su cumplimiento normativo y somos, casi siempre, los primeros garantes del correcto funcionamiento del sistema fiscal y tributario.

Y sí, claro que también habrá asesores que cruzan la línea. Como supongo que los hay en todas las profesiones. Pero criminalizar nuestra profesión como si fuera parte de una red de corrupción organizada no solo es injusto, sino profundamente erróneo.

Más aún cuando nuestra profesión fue declarada “Actividad Esencial” y hemos sido “colaborades necesarios”, antes, durante y después de la pandemia en nuestro país de que la Administración pudiera hacer su trabajo, complementado con tiempo, dedicación y esfuerzo, sin que se nos reconociera la labor diaria y no fuera ni retribuida.

En el caso que nos ocupa, el foco mediático ha convertido al asesor en chivo expiatorio. La condena a 80 años de prisión, aunque sea simbólica y se refiera al cómputo por el sumatorio de cada delito individual, lanza un mensaje muy distorsionado: que el profesional es más responsable que quien se benefició del presunto fraude económico.

Se ha dicho que esta sentencia es ejemplar. Y puede que lo sea, pero en qué sentido. Ejemplar porque “asusta e intimida” a los profesionales para que no se les ocurra ayudar a defraudar o ejemplar porque señala con contundencia que ya no hay intocables en el mundo del deporte, el espectáculo, la política o los negocios.

Desde nuestra experiencia, lo ejemplar debería ser lo pedagógico, lo justo, lo proporcionado. Lo ejemplar no es sacrificar al intermediario mientras el cliente sale por la puerta de atrás. Lo ejemplar sería una justicia que entiende que asesorar no es delinquir, y que aplicar estrategias fiscales no es sinónimo de evasión, ocultación u obstrucción.

Los profesionales no somos verdugos del sistema ni mártires del contribuyente. Somos intermediarios que debemos actuar siempre con ética, pero también con seguridad jurídica. Esta sentencia crea un precedente muy inquietante, porque desdibuja la línea entre asesoramiento y coautoría, y porque se carga sobre un profesional técnico una responsabilidad que siempre debería, en primer lugar, recaer sobre quien se beneficia del presunto fraude.

Es momento de abrir un debate profundo y sereno sobre el papel de los profesionales en España. Y sobre todo, de no dejar que la presión mediática o la sed de castigo nublen la equidad del juicio. La justicia debe ser ciega, sí… pero no absurda.

Este artículo no pretende poner en duda la independencia judicial, sino promover una reflexión crítica sobre las consecuencias prácticas de ciertas sentencias, desde el legítimo derecho a opinar que asiste a todo ciudadano, y más aún a quienes formamos parte activa del tejido económico del país.

Quizá también le interese …

0 comentarios

Share This